A la hora de proceder a la creación de un contrato de trabajo debemos asegurarnos de que reúna todos los puntos necesarios. Si estos no aparecen de manera clara podemos llegar a arriesgarnos a una demanda por parte de uno de nuestros trabajadores. Si queremos crear un buen espacio de trabajo, que ofrezca seguridad y confianza a los que se encuentran en él, debemos tener en cuenta este aspecto. Verae es una asesoría con sede en Segovia, Madrid, Oviedo, Barcelona y Valencia que permite a las empresas que trabajan con ella contar con la tranquilidad de estar realizando su trabajo en un entorno legal y seguro. A continuación, te damos los requisitos deben cumplir los contratos de trabajo de tus empleados.
En primer lugar debes recordar que un contrato de trabajo debe ser celebrado por escrito, contando con la aprobación del contratante y el contratado. Además, existen infinidad de puntos que deben ser contemplados dentro de él, algunos de carácter obligatorio y otros opcionales.
Requisitos obligatorios a presentar en el contrato:
- Los datos de la empresa empleadora.
- Los datos del trabajador que se está contratando.
- La fecha en la que comienza el trabajo y la duración de este. Este punto es muy importante a la hora de calcular una posible indemnización por despido.
- La clase de contrato que se está celebrando.
- Las funciones que va a desempeñar la persona que se contrata dentro de la empresa.
- Los periodos de vacaciones.
- El lugar donde se realizará el trabajo. Se debe indicar el emplazamiento de la empresa, señalando si el empleado realiza alguna parte de su jornada desde casa.
- Si existe un periodo de prueba y la delimitación de este.
- El salario.
En síntesis, un contrato es un documento creado a partir de los intereses de los trabajadores y los empresarios. Por una parte recoge las condiciones que debe cumplir el trabajador, pero también le ofrece garantías respecto a su trabajo. Para que tenga validez ambas partes deben estar de acuerdo y manifestarlo en forma de firma.
Además, el contratado debe tener más de 18 años o contar con la autorización de sus padres si tiene 16 o 17.
Otros elementos del contrato
También existen una serie de cláusulas que no son obligatorias pero sí del interés de algunas empresas. Son particularmente importantes, ya que no podrán exigirse si no se encuentran especificadas en el contrato.
Es el caso de la cláusula de rescisión de contrato, según la cual el empleado quiere abandonar el puesto debe abonar una cláusula que lo compense. Uno de los campos en los que predominan este tipo de contratos es el terreno deportivo.
También existe la cláusula de confidencialidad por la cual el trabajador se compromete a guardar el secreto profesional, manteniendo dentro de la empresa los asuntos que conciernen a esta.
La cláusula de plena dedicación además, establece que el trabajador no puede emplearse en más empresas. Se debe especificar una compensación económica en el caso de esta última.
Un asesoramiento de calidad es indispensable para la seguridad jurídica de la empresa y de los trabajadores
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