Ante el trámite de separación de socios de una entidad corporativa, lo mejor es que las partes estén conformes y no se produzcan problemas de ningún tipo. Conviene en todo caso que el proceso se ponga en manos de un bufete de abogados.

El socio puede desear por voluntad separarse de la entidad, por un motivo como encontrarse en desacuerdo con ciertos tipos de cambios en la entidad, que se van a detallar a continuación. No es el mismo caso que una exclusión de socios, donde es el resto el que decide que no siga en la empresa.

Si no encuentra a nadie con sus mismos intereses, el socio iniciará los trámites para separarse solo, porque su derecho de separación marca que la entidad perteneciente se encuentra obligada a satisfacer el valor de su participación en el lugar, es decir, es necesario abonarle su parte proporcional a precio de mercado.

 

¿Qué es una separación de socios de una entidad?

Los estatutos han de reflejar todos los detalles del proceso de separación. Si el socio se siente perjudicado con respecto a los cambios que se hayan producido, puede separarse de forma legal. Como cada caso es diferente, es necesario también prestar atención al tema de reducción de capital de una sociedad que tenga que efectuar la devolución de aportaciones a socios.

 

¿Qué motivos se pueden alegar en una separación de socios?

Hay algunas causas legales por las cuales un socio puede separarse alegando cualquiera de ellas:

  • La alteración o modificación en el objeto sustancial (es decir, las condiciones establecidas sufren un cambio no negociado).
  • La ampliación de la sociedad o su reactivación.
  • Siempre con aviso previo, la modificación, ampliación, supresión, con la condición obligatoria de aportar prestaciones accesorias (por el hecho de ser socios, se deben hacer prestaciones que se encuentran al margen de las aportaciones y que no integren la cuantía del capital social). Si no son las condiciones que el participante había elegido, puede elegir dejar de formar parte de la sociedad.
  • Si se produce una falta de acuerdo, como dice el artículo 346.2, en cuanto al “régimen de transmisión de participaciones sociales”. Es decir, si el acuerdo es abusivo y el socio no se encuentra conforme, puede separarse.
  • Que no se produzca un reparto de, al menos, una tercera parte de los beneficios obtenidos pasados cinco años desde que se inscribe la sociedad en el Registro Mercantil.
  • Si la sociedad se pasa al extranjero, aquellos socios que se mantuvieran al margen del acuerdo tienen derecho a separarse.

 

¿Cuándo puede efectuar la separación de socios?

Es la Ley de Sociedades de Capital la que trata el procedimiento en sus artículos del 346 al 349. El socio puede separarse en cualquier momento que desee y también hay que tener en cuenta los estatutos por si hubiera condiciones anexas.

 

Verae, tus abogados en Segovia

Lo mejor ante cualquier duda es consultar con un bufete de abogados de confianza que pueda resolver cualquier tipo de asunto legal. Tanto si es tu caso el del socio que decide separarse, como si es el de alguno de tus socios el que ya no quiere formar parte de la entidad, conviene que recibas asesoramiento sobre todos los pasos a seguir con el fin de que ambas queden satisfechas.

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